El Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas (RSIF) lo aprobó el Real Decreto 552/2019 y está en vigor desde el 2 de enero de 2020. Casi todo lo que se escribe sobre él está pensado para el instalador. Esta guía es para el titular: la empresa que tiene la cámara y responde de tenerla al día.
Nivel 1 o nivel 2
El reglamento clasifica las instalaciones en dos niveles, y el nivel decide casi todo lo demás:
- Nivel 1: potencia eléctrica en los compresores de hasta 30 kW por sistema y hasta 100 kW en total (o equipos compactos con condensador incorporado), con refrigerantes de alta seguridad (grupo L1) y sin cámaras de atmósfera artificial.
- Nivel 2: todo lo demás. Más de 30 kW por sistema o más de 100 kW en total, cualquier cámara de atmósfera artificial, o refrigerantes de media o baja seguridad (grupos L2 y L3, como el amoniaco o los hidrocarburos).
Un almacén frigorífico con varias cámaras, una central con amoniaco o una cámara de atmósfera controlada para fruta son, casi siempre, nivel 2.
Quién la puede montar y mantener
Solo una empresa frigorista habilitada: ha presentado una declaración responsable ante la comunidad autónoma, tiene personal cualificado (en nivel 2, también un técnico titulado), un seguro de responsabilidad civil y, si manipula gases fluorados, su certificación. Y solo puede trabajar en instalaciones de su nivel o inferior. En cómo elegimos a los frigoristas explicamos qué pediremos a las empresas antes de pasarles una solicitud.
Qué documentación hace falta
- Nivel 1: una memoria técnica, que puede firmar el instalador frigorista o un técnico titulado, y el certificado de la instalación.
- Nivel 2: un proyecto firmado por técnico titulado competente, que además dirige la obra y firma el certificado de dirección.
Para la puesta en servicio, el titular comunica la instalación a la comunidad autónoma con esa documentación, el certificado de la instalación eléctrica y las declaraciones de conformidad de los equipos a presión. Al terminar, la empresa le entrega también un manual de instrucciones.
Las obligaciones del titular
- Contratar el mantenimiento y las revisiones periódicas con una empresa frigorista (artículo 18), salvo que se constituya como automantenedor. En nivel 2, el contrato forma parte de la documentación de puesta en servicio.
- En instalaciones de nivel 2 con refrigerantes L2 o L3, tener un seguro de responsabilidad civil propio.
- Usar la instalación según el manual y guardar el libro de registro con las revisiones, los controles de fugas y las intervenciones.
Revisiones e inspecciones
- Revisiones periódicas obligatorias, hechas por una empresa frigorista: al menos cada cinco años, y cada dos en las instalaciones con más de 3.000 kg de refrigerante y más de 15 años.
- Inspecciones por un organismo de control, que el titular encarga: las de nivel 2, cada 10 años; y, según la carga de refrigerante fluorado, cada 5 años (de 50 a 500 toneladas equivalentes de CO₂), cada 2 (de 500 a 5.000) o cada año (5.000 o más).
- Además, los controles de fugas del reglamento europeo de gases fluorados, con su propia frecuencia según la carga.
Seguridad dentro de la cámara
La instrucción IF-11 recoge medidas específicas para las cámaras: puertas que se abran a mano desde dentro sin llave, un hacha en el interior si la cámara trabaja bajo cero, un dispositivo de calentamiento en la puerta por debajo de -5 °C y, en las de atmósfera artificial, la señalización de peligro y el resto de medidas propias.
Si tu instalación es anterior a 2020
Las instalaciones que ya existían cuando entró en vigor el reglamento se revisan e inspeccionan con los plazos actuales, pero con los criterios técnicos de la normativa vigente cuando se instalaron. No hay que adaptarlas por el hecho de que haya cambiado el reglamento; sí cuando se amplían o se modifican.
¿Vas a montar o ampliar una instalación?
No somos frigoristas y no tramitamos instalaciones. Si necesitas una cámara nueva, ampliar la que tienes o alguien que se haga cargo del mantenimiento, cuéntanos qué necesitas: si tenemos cobertura en tu zona, te ponemos en contacto con una empresa frigorista del nivel que corresponda.